CLEMENCIA: Es la virtud que modera el castigo externo de un superior a un
inferior (Cf. II-II, 157). La clemencia “tiene a aminorar los castigos según la
recta razón, es decir, cuando y como conviene” (II-II, 157, 2, rta 1), e impide
“un castigo más duro del debido” (II-II, 157, 1, rta 2).
“La clemencia disminuye el castigo atendiendo a algunas
circunstancias particulares, como considerando que no hay que castigas más al
hombre” (II-II, 157, 2, rta 2); implica “moderación del afecto al utilizar el
poder de infligir las penas” (II-II, 157, 3, rta 1).
Dios mismo, en persona,
los salvó; por su amor y su clemencia, el mismo los redimió (Is 63, 9).
“La clemencia, por el hecho de disminuir los castigos, parece
acercarse en gran medida a la caridad, que es la más excelente de las virtudes,
al hacer que practiquemos el bien al prójimo y evitemos el mal del mismo”
(II-II, 157, 4, c).
“Del hecho del que el hombre ame a otro se deduce que no le agrada
el castigo de este, a no ser en orden a conseguir otra cosa: la justicia, por
ejemplo, o la corrección del que sufre el castigo. Por eso es producto del amor
el hecho del que el hombre esté dispuesto a aminorar los castigos” (II-II, 157,
1, rta 2).
Vicio contrario
A la clemencia se opone la crueldad y la remisión.
“La crueldad es un exceso
de castigo” (II-II, 157, 1, rta 3)[1].
Por defecto, se opone a la clemencia la remisión o disolución, que omite el orden de la justicia en la
aplicación de las penas (Cf. II-II, 159, 2, rta 3).
Cruel es el furor, agua
desbordada la ira (Pr 27, 4).
[1] “El nombre de crueldad parece que se ha
tomado de crudeza. En efecto, de igual modo que los manjares cocidos y
sazonados suelen tener un sabor dulce y agradable, así también los crudos
tienen un sabor áspero y desabrido. Ya dijimos antes (q.157 a.3 ad 1; a.4 ad 3)
que la clemencia incluye cierta suavidad y dulzura de ánimo, que hacen que el
hombre rebaje las penas. De ahí que la crueldad se oponga directamente a la
clemencia” (II-II, 159, 1, c).
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